Ingreso Mínimo Vital: Dos sentencias, una misma realidad

 


 

Hace unos días conocí una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que ha llamado poderosamente mi atención. La resolución da la razón a una funcionaria de la Seguridad Social de Santa Cruz de La Palma que llevaba años denunciando exceso de carga de trabajo, falta de personal y condiciones laborales que terminaron afectando gravemente a su salud.

El tribunal concluyó que la oficina estaba infradotada, que existían riesgos psicosociales elevados, que los problemas habían sido comunicados reiteradamente a la Administración y que no se adoptaron medidas eficaces para corregir la situación.

Mientras leía esa sentencia, no pude evitar recordar la mía.

Mi demanda contra la Seguridad Social por la devolución de 1.172,41 euros de Ingreso Mínimo Vital fue desestimada. La sentencia es firme y la respeto. El juzgado consideró que, debido a los ingresos obtenidos por mi trabajo durante 2021, no cumplía en 2022 los requisitos económicos exigidos para mantener la prestación.

Son procedimientos distintos. Cuestiones jurídicas distintas. Resultados distintos.

Pero hay algo que me resulta imposible ignorar.

La misma Administración que gestionó mi expediente es la que, según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, mantenía oficinas con falta de personal y una carga de trabajo tan elevada que terminó provocando daños en la salud de una trabajadora.

No se trata de cuestionar resoluciones judiciales.

Se trata de reflexionar sobre el contexto en el que fueron gestionados miles de expedientes del Ingreso Mínimo Vital.

En mi caso, aprobé unas oposiciones para formar parte de una Bolsa de Trabajo Temporal como limpiadora en una Administración Pública. Gracias a ello fui contratada durante la emergencia volcánica en La Palma. Cumplí con mis obligaciones. Intenté salir adelante mediante el trabajo. Años después, recibí una reclamación para devolver una prestación que había sido reconocida y abonada por la propia Administración.

La sentencia considera que esa devolución es legal.

Pero eso no impide plantear una pregunta legítima:

¿Estaba realmente preparado el sistema para gestionar correctamente una prestación tan compleja en unas circunstancias tan extraordinarias?

La sentencia de la funcionaria describe una Administración sobrecargada.

Mi sentencia describe las consecuencias que puede tener para un ciudadano la revisión posterior de una prestación.

Dos historias distintas.

Dos sentencias distintas.

Pero ambas forman parte de la misma realidad.

Una realidad en la que miles de expedientes fueron gestionados durante años marcados por la pandemia, la implantación del Ingreso Mínimo Vital y, en el caso de La Palma, una emergencia volcánica sin precedentes.

No sé cuántas personas se habrán encontrado en situaciones parecidas.

Lo que sí sé es que detrás de cada expediente había una persona intentando salir adelante.

Y que detrás de cada resolución judicial también hay preguntas que merecen ser escuchadas.

Porque cuando una funcionaria enferma por exceso de trabajo y un ciudadano termina devolviendo una ayuda después de trabajar, quizá el debate no deba centrarse únicamente en si una decisión fue legal.

Quizá también debamos preguntarnos si el sistema estaba funcionando como debía.


Sentencia de la Funcionaria de la Seguridad Social:

https://www.publico.es/politica/tribunales/condena-historica-seguridad-social-vulnerar-derecho-vida-integridad-fisica-moral-funcionaria.html

Mi Sentencia:

https://imvafectados.blogspot.com/2026/04/trabajar-y-perder-la-sentencia-que.html





Comentarios