El Tribunal de Cuentas advierte de los límites del IMV para reducir la pobreza y señala deficiencias en las políticas de inclusión laboral


La pobreza severa ha aumentado, la coordinación entre administraciones presenta problemas y el incentivo al empleo puede generar incertidumbre a las familias que encuentran trabajo.

El informe del Tribunal de Cuentas sobre la fiscalización del Ingreso Mínimo Vital (IMV), correspondiente a los ejercicios 2022 y 2023, examina los resultados de esta prestación en la lucha contra la pobreza y analiza las medidas previstas para favorecer la inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

Sus conclusiones ponen de manifiesto que, pese a los avances registrados en algunos indicadores, persisten importantes dificultades para cumplir los objetivos de reducción de la pobreza y garantizar que las personas beneficiarias puedan mejorar sus condiciones de vida.

Diez años de avances insuficientes frente a la pobreza

Según los datos analizados por el Tribunal de Cuentas, la tasa AROPE —que mide el riesgo de pobreza o exclusión social— pasó del 28,7 % en 2015 al 25,8 % en 2024.

Sin embargo, esta evolución no ha sido suficiente para alcanzar los objetivos fijados para 2030. El Tribunal señala que, tomando como referencia la tasa AROPE, solo se había avanzado un 20,21 % hacia la meta establecida, cuando quedaban menos de seis años para finalizar el plazo.

La evolución de los componentes de este indicador resulta especialmente preocupante en el caso de la carencia material y social severa, que pasó del 7,4 % en 2015 al 8,3 % en 2024. Es decir, este indicador empeoró en lugar de mejorar.

Por su parte, la tasa de pobreza relativa descendió del 22,1 % al 19,7 % en ese periodo, una reducción de 2,4 puntos porcentuales.

Estos datos reflejan que la disminución del riesgo general de pobreza y exclusión social no se ha traducido en una mejora equivalente para todas las personas que atraviesan situaciones de vulnerabilidad.

El Tribunal concluye que resulta difícil alcanzar los objetivos de la Agenda 2030 si se mantiene la evolución observada en algunos de estos indicadores.

El IMV no basta para cumplir los objetivos contra la pobreza

El informe recuerda que, hasta el 31 de diciembre de 2023, habían sido beneficiarias del IMV 1.899.639 personas, de las cuales 820.397 eran menores de edad.

No obstante, el descenso de la población en riesgo de pobreza o exclusión social entre 2015 y 2023 fue de 581.561 personas, una evolución que, según el Tribunal, parece evidenciar que el IMV, tal y como está configurado, no resulta suficiente para reducir este problema.

Es importante señalar que la evolución de la pobreza depende de diversos factores y de otras prestaciones y políticas públicas. El propio informe advierte de que no es posible atribuir exclusivamente al IMV los cambios registrados en los indicadores.

Desde el Colectivo IMV Afectados y Afectadas consideramos que estos resultados refuerzan la necesidad de evaluar la eficacia real de la prestación y de corregir las barreras que dificultan el acceso a la protección social.

La inclusión laboral tropieza con problemas de coordinación

El IMV no se concibió únicamente como una ayuda económica, sino también como una herramienta para facilitar la inclusión social y laboral.

Sin embargo, el Tribunal de Cuentas detecta problemas en la comunicación de datos entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y los servicios autonómicos de empleo.

Entre las deficiencias señaladas figuran incompatibilidades entre los sistemas informáticos, ausencia de datos esenciales, errores en teléfonos y correos electrónicos y registros con domicilios correspondientes a otras comunidades autónomas.

Estas dificultades impiden que el sistema funcione correctamente y provocan que no todas las personas beneficiarias estén inscritas como demandantes de empleo, pese a que la normativa prevé mecanismos para facilitar esa inscripción.

Además, aunque los beneficiarios del IMV ya figuraban como colectivo prioritario en las políticas de empleo, no fue hasta julio de 2024 cuando se concretaron actuaciones específicas para ellos en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno.

El informe también recuerda que la pobreza no se resuelve exclusivamente encontrando trabajo. En 2023, aproximadamente el 46 % de las personas pobres en España eran menores de 16 años o mayores de 65, mientras que una parte de quienes sí trabajan continúa en situación de pobreza.

Por tanto, la inclusión social requiere medidas más amplias que la mera búsqueda de empleo, adaptadas a las circunstancias y necesidades de cada persona.

El incentivo al empleo puede generar incertidumbre

El informe analiza el incentivo al empleo, diseñado para que las personas beneficiarias puedan aumentar sus ingresos laborales sin que todo ese incremento se descuente inmediatamente de la prestación.

En el cruce de rentas realizado en 2023, el incentivo se aplicó a 182.467 expedientes. En el cruce de 2024, correspondiente a los ingresos de 2023, se aplicó a 257.348 expedientes, un aumento del 41,04 %.

Sin embargo, el Tribunal observa que en 2024 aumentaron un 79,06 % los expedientes que terminaron extinguidos y un 73,58 % los que pasaron a percibir una cuantía menor, mientras que los expedientes que mejoraron disminuyeron un 11,32 %.

El informe explica que el incentivo se calcula a partir de los incrementos de ingresos laborales y que, en revisiones posteriores, pueden producirse reducciones de la prestación o extinciones cuando cambian las circunstancias económicas.

También advierte de un problema importante: cuando una persona deja de cobrar el IMV por haber encontrado trabajo, puede verse obligada a presentar una nueva solicitud si pierde ese empleo, con una espera de alrededor de cinco meses durante la cual puede quedarse sin percibir la prestación.

Esta situación puede generar temor a aceptar empleos temporales por miedo a perder una protección económica que después resulte difícil recuperar.

El Tribunal considera que este mecanismo puede producir un efecto contrario al que persigue el incentivo: en lugar de facilitar el empleo, puede desanimar a algunas personas a aceptar determinadas oportunidades laborales.

Asimismo, el informe señala que no se habían establecido metas e indicadores específicos suficientes para evaluar el funcionamiento del incentivo, pese a que su evaluación debía realizarse periódicamente.

Las políticas de inclusión necesitan más coordinación y recursos

El Tribunal también examina las iniciativas destinadas a desarrollar itinerarios de inclusión social con comunidades autónomas, entidades locales y organizaciones del tercer sector.

Entre las deficiencias identificadas destaca que la Comisión de Seguimiento del IMV no se constituyó hasta mayo de 2024, cuatro años después de su creación normativa.

El informe señala igualmente la escasa implantación del Sello de Inclusión Social: a 31 de diciembre de 2023, solo tres empresas disponían de él. Entre las dificultades se mencionan la complejidad del procedimiento, determinados requisitos administrativos y la necesidad de obtener el consentimiento de las personas beneficiarias para compartir sus datos de participación.

También continúa pendiente el desarrollo reglamentario de la medida que permitiría incrementar la cuantía del IMV en determinados supuestos de gastos elevados de alquiler de la vivienda habitual.

Estas cuestiones reflejan que las políticas de inclusión necesitan instrumentos efectivos, coordinación entre administraciones y medidas que respondan a las dificultades reales de las familias.

El Colectivo reclama una protección social eficaz y sin obstáculos innecesarios

Desde el Colectivo IMV Afectados y Afectadas reclamamos que las conclusiones del Tribunal de Cuentas se traduzcan en cambios concretos que mejoren la vida de las personas beneficiarias.

Consideramos necesario:

  1. Evaluar los resultados reales del IMV en la reducción de la pobreza, con objetivos e indicadores públicos y verificables.

  2. Mejorar la coordinación entre el INSS, el SEPE, las comunidades autónomas y los servicios sociales, garantizando que la información se transmita correctamente.

  3. Revisar el incentivo al empleo para evitar que aceptar un trabajo temporal pueda dejar a una familia sin ingresos durante meses si posteriormente pierde el empleo.

  4. Facilitar el regreso a la prestación cuando desaparezcan los ingresos laborales que motivaron su extinción, evitando que sea necesario iniciar un procedimiento que deje a la persona sin protección durante meses.

  5. Adaptar las políticas de inclusión a las necesidades individuales, sin reducirlas exclusivamente a la búsqueda de empleo.

  6. Impulsar medidas específicas contra la pobreza infantil y la pobreza de las personas mayores, que no pueden solucionarse mediante políticas de empleo dirigidas únicamente a la población activa.

  7. Desarrollar las medidas pendientes y reforzar los itinerarios de inclusión, con una coordinación efectiva entre administraciones y entidades sociales.

La finalidad del Ingreso Mínimo Vital debe ser garantizar unas condiciones materiales mínimas y facilitar la inclusión, no añadir incertidumbre a quienes ya se encuentran en una situación económica vulnerable.

Reducir la pobreza exige algo más que reconocer una prestación: requiere que llegue a quienes la necesitan, que proteja frente a la falta de ingresos y que permita mejorar las condiciones de vida sin generar nuevas barreras administrativas.

Colectivo IMV Afectados y Afectadas



 

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