El Gobierno reconoce "parcialmente" ante Europa la necesidad de cambiar la normativa sobre las deudas del Ingreso Mínimo Vital
Madrid, 3 de agosto de 2026. El procedimiento abierto ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) por la Reclamación Colectiva n.º 241/2024 continúa avanzando. En su segunda respuesta remitida al Consejo de Europa, el Gobierno de España reconoce que es necesario modificar la normativa para permitir la condonación de determinadas deudas generadas por el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
La respuesta ha sido recibida por las entidades que integran la Oficina Jurídica de Derechos Sociales, impulsoras de la reclamación colectiva, quienes consideran que este reconocimiento supone un paso importante, aunque insuficiente, ya que, según denuncian, la propuesta del Ejecutivo dejaría fuera a las personas afectadas por reclamaciones anteriores a 2024.
Un reconocimiento parcial
El Comité Europeo de Derechos Sociales había solicitado al Gobierno un pronunciamiento específico sobre la petición de paralizar las reclamaciones de cobros indebidos mientras se resuelve el procedimiento europeo.
Tras la negativa inicial del Comité a adoptar medidas inmediatas por considerar insuficientes los datos disponibles, las entidades reclamantes aportaron nueva documentación basada en informes de la AIReF, el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas, además de numerosos testimonios y expedientes de personas afectadas recopilados durante los dos últimos años.
Según las organizaciones, la nueva respuesta del Gobierno reconoce únicamente de forma parcial la necesidad de solucionar el problema, al plantear cambios normativos que beneficiarían únicamente a determinados casos futuros, sin ofrecer una solución para quienes ya soportan importantes reclamaciones económicas.
Más de 319.000 personas afectadas
Las organizaciones recuerdan que la documentación remitida al Comité cifra en 319.437 las personas afectadas por reclamaciones relacionadas con el Ingreso Mínimo Vital, aunque consideran que la cifra real podría ser superior, ya que la Administración dispone de un plazo de hasta cinco años para revisar los expedientes.
Por este motivo, consideran imprescindible que cualquier reforma tenga también efectos sobre las personas que ya han recibido reclamaciones de devolución y no únicamente sobre los nuevos expedientes.
La AIReF también plantea cambios
Las entidades anuncian que presentarán una nueva réplica ante el Comité Europeo de Derechos Sociales incorporando, entre otros elementos, la jurisprudencia acumulada durante estos cinco años y las conclusiones de la Quinta Opinión de la AIReF.
En dicho informe, la AIReF propone reducir las solicitudes de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas mediante un sistema de cálculo de rentas más eficiente, inspirado en la experiencia de otros países europeos, con el objetivo de disminuir la generación de deudas y mejorar la seguridad jurídica de las personas beneficiarias.
Un procedimiento que continúa abierto
Las organizaciones lamentan que un procedimiento de carácter urgente se haya prolongado durante un año debido al retraso en la respuesta del Gobierno y esperan que el Comité Europeo de Derechos Sociales tenga en cuenta toda la nueva documentación antes de adoptar su decisión definitiva.
A su juicio, el problema trasciende los cobros indebidos y pone de manifiesto la necesidad de una reforma profunda del sistema de rentas mínimas para garantizar una protección efectiva frente a la pobreza, evitando que miles de familias sufran reclamaciones económicas derivadas del propio funcionamiento de la Administración.
La resolución que finalmente adopte el Comité Europeo de Derechos Sociales podría marcar un precedente relevante para el futuro del Ingreso Mínimo Vital y para las miles de personas que continúan afectadas por estas reclamaciones.
Redacción IMV Afectados y Afectadas
Enlaces:
Página de la Oficina Jurídica de Derechos Sociales (ATD Cuarto Mundo España).
Contestación dada por el Gobierno:
https://drive.google.com/file/d/1niNtFB7DITSPv2MwyFccbDf0raA56vxr/view
Documentación del caso:

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