El Defensor del Pueblo propuso limitar las devoluciones del IMV por errores administrativos, pero el Gobierno rechaza las recomendaciones
El Defensor del Pueblo formuló en noviembre de 2025 una serie de recomendaciones dirigidas a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones y a la Secretaría de Estado de Trabajo para reformar el sistema de reintegro de prestaciones indebidas, especialmente en los casos en los que el cobro indebido se hubiera producido por errores de la propia Administración.
La actuación se produjo tras estudiar numerosas situaciones relacionadas con reclamaciones de devolución del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y otras prestaciones sociales, muchas de ellas afectando a personas en situación de especial vulnerabilidad económica y social.
En la carta remitida el 20 de noviembre de 2025, el Defensor del Pueblo consideró “necesario” plantear cambios legales para “minimizar los efectos de los reintegros de prestaciones indebidas” sobre las personas más vulnerables.
Entre las recomendaciones formuladas destacaban:
Reformar el artículo 55 de la Ley General de la Seguridad Social para eliminar la obligación de devolver prestaciones reconocidas por error exclusivo de la Administración o, al menos, limitar la retroactividad de estas reclamaciones.
Modificar el procedimiento de reintegro para establecer un plazo máximo a partir del cual no puedan reclamarse cantidades indebidas cuando la Administración ya disponía de la información necesaria para revisar la prestación.
El Defensor del Pueblo también señaló que muchas de estas situaciones se producen pese a que los datos ya obraban en poder de la Administración, bien por comunicaciones entre organismos públicos o por declaraciones realizadas por los propios beneficiarios.
No obstante, el organismo recordó que, mientras no se modificase la legislación vigente, las devoluciones seguirían siendo legalmente exigibles y las personas afectadas continuarían obligadas a reintegrar las cantidades reclamadas, aunque pudieran solicitar aplazamientos o fraccionamientos de deuda.
Sin embargo, casi seis meses después, el pasado 13 de mayo de 2026, el Defensor del Pueblo comunicó que ambas recomendaciones habían sido rechazadas por las Secretarías de Estado competentes.
La respuesta supone un revés para miles de familias afectadas por reclamaciones de cobros indebidos del IMV y otras prestaciones, especialmente en aquellos casos en los que la deuda se originó por errores administrativos o retrasos en la revisión de expedientes por parte de la propia Administración.
El asunto formará parte del informe anual que el Defensor del Pueblo elevará a las Cortes Generales.


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