La respuesta se limita a describir el funcionamiento general del IMV, insistiendo en que los pagos son “provisionales” y que la Administración está obligada a regularizar, incluso cuando el error no es atribuible al beneficiario. Es decir, da igual haber actuado correctamente: la devolución se reclama igualmente.
Resulta especialmente preocupante que los reconocimientos de oficio —decididos por la propia Administración— deriven después en reclamaciones económicas contra familias vulnerables, sin que se contemple un tratamiento diferenciado ni garantías reforzadas para quienes no cometieron ninguna irregularidad.
En cuanto a los plazos, se fija un máximo de tres meses para resolver, pero no se aporta ningún dato sobre el tiempo real de tramitación, ni sobre los retrasos acumulados, una realidad bien conocida por las personas afectadas.
Más información en el siguiente enlace:
https://imvafectados.blogspot.com/2026/01/gpp-preguntas-al-gobierno-con-respuesta.html

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