IMV Denegaciones por la Unidad de Convivencia de personas que viven solas

 

 


Están llegando cartas de denegación del Ingreso Mínimo Vital y el motivo es no cumplir los requisitos de la Unidad de Convivencia, aplicando el Artículo 10.3 de la Ley 19/2021 de 20 de diciembre.

Artículo 10.3 Cuando las personas beneficiarias formen parte de una unidad de convivencia, se exigirá que la misma esté constituida, en los términos de los artículos 6, 7 y 8, durante al menos los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, de forma continuada.

Una persona que vive sola, si cambia de domicilio, sigue viviendo sola y comunica esta variación a la Seguridad Social, no se entiende por qué se le deniega el IMV.

Parece ser que esta ley aún tiene lagunas en el tema de la convivencia, sobre todo para las personas que viven solas o alquilan una habitación.





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